Tramitaciones

INSTRUCCIONES

 

Para descargar las solicitudes vaya al final de la página.

La reserva de espacio en la vía pública, para la realización de actividades diversas como la ubicación de contenedores, habilitación de espacios para mudanzas, reservas de estacionamiento para carga y descarga, ocupación de carriles de circulación o incluso para el cierre de vías al tráfico rodado, están sometidas a autorización administrativa.

Para ello, deben presentar sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento, sito en la Plaza de España nº 1 las cuales habrán de contener:

  • Vía pública afectada y número de policía.
  • Espacio a ocupar (en metros).
  • Fecha de la ocupación.
  • Justificante de ingreso de haber formalizado el pago.
  • Teléfono de contacto de la empresa o del solicitante.

 

Así como las circunstancias especiales de los puntos CONTENEDORES y CORTE DE CALLE. En estos casos habrá de presentarse adicionalmente junto con la instancia, fotocopia de la licencian de obras.

LA SEÑALIZACIÓN EN CUALQUIER TIPO DE RESERVA DEBERÁ DE SER COLOCADA POR EL INTERESADO, EMPRESA, PROMOTOR, etc…

 

TRAMITACIÓN DEL INFORME POLICIAL

 

En los puntos CARGA Y DESCARGA, MONTAJE/DESMONTAJE GRÚA, CORTE DE CALLE y TRANSPORTE Y CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS es preceptivo el previo informe del Servicio de Policía Local de Sant Joan d’Alacant, en el que se detallarán las condiciones que deben cumplirse para efectuar la ocupación. Su incumplimiento o la omisión de este trámite podría constituir una infracción administrativa y la paralización por la Autoridad Municipal de los trabajos.

El Informe Policial será notificado al solicitante en las 48 horas precedentes a la fecha prevista para la ejecución de la actividad. De interesar cualquier aclaración podrá dirigirse a la Unidad Administrativa de la Policía Local en la avenida Condado de Fabraquer, s/n, de esta localidad. La notificación del informe podrá ser realizada mediante su retirada directamente por el interesado, por fax, teléfono o mediante el sistema INFOMOVIL de este Ayuntamiento. Si opta por esta última modalidad y decide darse de alta en dicho servicio en la página Web: www.santjoandalacant.es haga constar en la solicitud, su intención de ser notificado a través de INFOMOVIL.

 

MUDANZAS

 

Las señales de reserva de espacio se deberán de colocar como mínimo, con 48 horas de antelación. Debiendo ser dos señales móviles de prohibido estacionar, las cuales tendrán que abarcar el ancho del espacio solicitado y anexa a la misma la leyenda del justificante acreditativo emitido por los servicios municipales correspondientes, donde figurará en la misma: el día solicitado, así como el periodo del tiempo que durará la ocupación.

 

CONTENEDORES

 

Las señales de reserva de espacio se deberán de colocar, en los mismos términos que en el apartado 1 conforme la O.M. Reguladora de Seguridad y Uso de Vía Pública en el Proceso de Ejecución de Construcciones, Instalaciones Y Obras. Art. 12, los contenedores:

  1. Podrán instalarse previa licencia contenedores de escombros siempre que las caracteríiticas de la vía lo permitan.
  2. No deben de ocupar en ningún caso aceras o zonas de tránsito de peatones.
  3. Deberán de retirarse antes de finalizar la jornada laboral de los viernes o vísperas de festivos, así como siempre que estén colmados hasta los bordes. En la Ordenanza de Tráfico, se establece además que todo obstáculo que dificulte la libre circulación de peatones o vehículos, deberá estar debidamente protegido, señalizado, y en horas de escasa visibilidad, iluminando para garantizar la seguridad de los usuarios.

 

CARGA Y DESCARGA

 

Se procederá a la señalización del espacio reservado, con antelación, en los términos del apartado 1. Las autorizaciones otorgadas por módulos de ocupación mensual requerirán la sujeción fija de la señalización sobre la acera evitando causar daños sobre esta, y dejando la misma, posteriormente, en óptimo estado de conservación. La ubicación de la señalización no causará ni podrá poner en peligro a los usuarios de las vías. Los soportes de colocación de la señal deberán medir entre 180 y 200 cm. Los cuales deberán de ser perfectamente visibles.

El ayuntamiento procederá a la retirada inmediata de toda aquella señalización que no esté debidamente autorizada o no cumpla las normas en vigor, entendido por ello las señales no reglamentarias, las ubicadas fuera de lo lugares autorizados o contraindicando la normal ordenación del tráfico, e incluso las que estén deformes o deterioradas o con defectos en su diseño. El mismo tratamiento tendrán los objetos usados a modo de señal, con independencia de las sanciones que por los hechos pudiesen corresponder.

 

 

MONTAJE

 

Será necesario señalizar la reserva de espacio con 48 horas de antelación, como mínimo, mediante el empleo de una señal vertical móvil de prohibido estacionar cada 10 metros lineales de ocupación, de modo que se abarque el ancho del espacio solicitado. Anexas a la mimas se incorporará como leyenda el justificante acreditativo emitido por los servicios municipales correspondientes, en la que se contendrá la fecha solicitada, así como el periodo de tiempo que durará la ocupación. En la solicitud se deberá detallar los itinerarios de transporte para el acceso y salida de la zona de montaje / desmontaje de la grúa. Junto a la anterior se indicará la masa máxima autorizada del vehículo que efectuará el traslado de las piezas de la grúa-torre.

 

VADO PROVISIONAL POR OBRAS

 

Se deberá de solicitar para la entrada y salida de vehículos a la obra en edificación, y para hacer uso de la acera peatonal para otras actividades relacionadas como la carga y descarga de materiales, operaciones de cimentación, movimientos de tierra, etc., ajustándose en todo momento a lo establecido en la O.M. Reguladora de Seguridad y Uso de Vía Pública en el Proceso de ejecución de Construcciones, Instalaciones y Obras. Art.10. 4 cuando no sea precisa la ocupación de vía pública para entrada y salida de vehículos, por tratarse de una obra retranqueada desde la línea de fachada deberá de solicitarse autorización de vado temporal provisional por obras. El vado autorizado sólo podrá ser utilizado para el fin previsto…)

La señalización del vado temporal por obras se ajustará a la que establece al respecto la O.M. Reguladora de la Entrada de Vehículos a través de las Aceras.

Delante de los accesos autorizados con vado, el interesado pintará en la calzada a una distancia de veinte centímetro del bordillo y paralelamente a este una línea longitudinal amarilla de diez centímetros de ancha y discontinua a tramos de cincuenta centímetros, en toda la longitud autorizada.

A cada lado de la puerta de acceso, visible desde la calzada y, a una altura máxima de 220 cm. sobre el nivel de la acera, se colocará una placa normalizada, que se obtendrá previo pago del precio establecido.

 

CORTE DE CALLE

 

La ocupación de vía pública para el corte de calles, o cualquier otra actividad que implique modificación del tráfico urbano, está sujeta a informe previo del Servicio de Policía Local.

Por ese motivo, las solicitudes deberán de ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento con 7 días hábiles de antelación a la fecha en la que se pretenda realizar la operación. En las 48 horas anteriores a la fecha solicitada para la actuación, se notificará al interesado los contenidos del informe con la resolución sobre lo solicitado, en el que se indicarán los requisitos necesarios en lo referente a señalización, prevenciones sobre el desvío del tráfico y sobre la seguridad de los peatones y otros usuarios de las vías. El incumplimiento de los términos contenidos en la autorización, o la realización del corte de tráfico careciendo de la misma constituye infracción a la normativa reguladora del Tráfico, circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

 

TRANSPORTE Y CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS

 

La vigente Ordenanza municipal de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, somete a restricción la circulación de vehículos o conjunto de vehículos, destinados al transporte de mercancías por la zona centro de la localidad. Por ello, el tránsito por la zona restringida incluso para efectuar carga o descarga de productos queda sometido a autorización municipal, que será otorgado de la siguiente forma:

  • Vehículos o conjunto de vehículos, con M.M.A superior a 3.500 Kg. y hasta 12.000 Kg. La autorización se otorgará de modo implícito mediante el pago de la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal.
  • Vehículos o conjunto de vehículos con M.M.A. superior a 12.000 Kg., la autorización se otorgará previo pago de la tasa y la emisión del correspondiente informe por parte del Servicio de Policía Local, en el que se detallarán los itinerarios, horarios, y otras precauciones que aseguren el éxito del transporte y la menor repercusión para la fluidez del tráfico rodado. Las solicitudes deberán de ser presentadas en el Registro General de este Ayuntamiento con una antelación de 5 días, acompañadas del resguardo de ingreso de la tasa establecida en la correspondiente ordenanza fiscal.

 

OCUPACION DE LA VÍA PÚBLICA

 

VADOS PERMANENTES EN GARAJES