Rehabilitació de vivendes i edificis

Programa de rehabilitacion de viviendas y edificios

Centro historico de Sant Joan d’Alacant

Casco histórico San Juan

El Casco histórico de Sant Joan d’Alacant ha sufrido en los últimos 30 años un progresivo deterioro motivado por la ausencia y/o escasa calidad de los equipamientos e infraestructuras urbanas y agravado por las características topológicas y los sistemas constructivos de las edificaciones existentes, propias, y en ocasiones únicas, de su época, lo que ha producido, entre otros factores , que la población haya ido asentándose en zonas con mayor calidad en sus infraestructuras básicas, en sus servicios públicos, vías de comunicación, radicación de comercios , etc…

Casco histórico San Juan Este Ayuntamiento, consciente de la necesidad de revalorizar los bienes que conforman el patrimonio histórico del municipio, y de conciliar la política de apertura, desarrollo y progreso de las nuevas zonas urbanas , con la regeneración y recuperación del casco histórico, aprobó el 14 de Marzo de 2.001 un Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, en el cual, entre otros se califica el Centro histórico como zona de protección ambiental y por ende área de rehabilitación.

Igualmente se elaboró un Plan Especial de conservación del Centro Histórico., que se encuentra pendiente de aprobación tras la preceptiva exposición pública.

Muchas han sido las actuaciones desarrolladas en la línea y con el fin descrito por parte de este Ayuntamiento. Entre ellas, cabe citar las Obras de Urbanización de la Calles San José y Mayor, la apertura de las calles Canónigo Federico Sala Seva y calle Constancia de la Mora, y los proyectos en desarrollo de Apertura de la Rambla y traseras de la Calle Mayor, las actuaciones en materia de saneamiento y alcantarillado … .

Dado que:

  • El Real Decreto 1/2002 de 11 de Enero , a propuesta del Ministerio de Fomento , aprobó a nivel estatal un Plan cuatrienal de medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo,
  • El Gobierno Valenciano en 30 de Mayo de 2.002 aprobó el sistema regulador de criterios y condiciones para acceder al sistema de ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios,
  • La Consellería de Territorio y Vivienda, en resolución de 14 de Octubre de 2.003, declaró “Area de Rehabilitación en Centro histórico” sujeta al régimen de protección, el casco antiguo de Sant Joan d’Alacant constituido por las calles San José, Mayor, Comandante Seva, Cervantes-San Antonio -acera núms. pares-, y calle Benimagrell. –estando en fase de ultimación la acera de números impares de la calle del Mar.

Este Ayuntamiento en asunción plena de las competencias municipales que en esta materia tiene atribuidas y en cumplimiento de los compromisos adquiridos con carácter coadyuvante al fin pretendido, ha centrado su intervención en tres aspectos fundamentales:

  1. Bonificación a los titulares o promotores de obras de rehabilitación de viviendas y edificios de un 95% en la cuota resultante a satisfacer en concepto de Impuesto sobre construcciones , instalaciones y obras –ICIO-. Aprobado en sesión del Ayuntamiento Pleno de 3 de Febrero de 2.004 y con vigencia plena desde el pasado 11 de Abril de 2.004
  2. Realización de inversiones en dotaciones de servicios urbanos e infraestructuras y apertura de viales en las zonas encuadradas dentro del casco histórico.
  3. Creación de un servicio de asesoramientoze información a promotores, propietarios y titulares de inmuebles del casco histórico que permita conformar un censo actualizado de viviendas , edificios y solares , y primordialmente prestar el servicio de colaboración con los interesados en la solicitud de ayudas económicas y tramitación de documentos . El indicado servicio se ha puesto en marcha y se localiza en el Departamento Municipal de Urbanismo –servicios administrativos- estando en funcionamiento en la actualidad , en jornadas hábiles y en horario de 10 a 13 horas.

El indicado servicio se complementa con el asesoramiento técnico de los Arquitectos Municipales, tanto a los propietarios-promotores como a los profesionales encargados de la redacción de los oportunos proyectos

Igualmente se está preparando dossier relativo a los trámites que han de cumplimentarse, los requisitos mínimos de aquellos que pretendan obtener la condición de beneficiarios de la ayudas y el cuadro numérico porcentual de las ayudas que podrían obtenerse.

El plazo para SOLICITAR lo que viene en denominarse CALIFICACION DE ACTUACION PROTEGIDA se extiende hasta Diciembre de 2005.

Casco histórico San Juan

RESUMEN-PLAN VIVIENDA- 2002-2005

OBJETIVOS:

Incentivar las actuaciones de rehabilitación, atendiendo de forma prioritaria las zonas o barrios en proceso de degradación, los centros históricos o los edificios con patologías estructurales, así como aquellas relativas a edificios y viviendas habitadas por usuarios con escasos recursos económicos.

DESTINATARIOS:

  • Prioritariamente las familias con niveles de ingresos hasta 3,5 veces el SMI y especialmente el tramo hasta 1,5 veces el SMI ( SMI 2004 -6.447 € anuales)
  • Las familias que acceden por primera vez a una vivienda en propiedad
  • Las familias que tienen una vivienda que precisa rehabilitación
  • Especialmente jóvenes y familias numerosas
  • Los mayores y familias con algún miembro con minusvalía
  • Los inmigrantes
  • Los inquilinos de viviendas con renta moderada.

CONCEPTOS BASICOS

Son Actuaciones protegidas aquellas que siendo “calificadas” como tales por parte de la Generalitat Valenciana dan lugar a la concesión de ayudas a sus promotores, adquirientes, adjudicatarios y arrendatarios por parte de la Administración Pública.

TIPO DE ACTUACIONES PROTEGIDAS

OBRAS DE REHABILITACION

  1. DE EDIFICIOS DESTINADOS A VIVIENDAS
    • Las que garanticen la estabilidad, seguridad y solidez del edificio
    • Las que mejoren las condiciones de acceso , estanqueidad frente a la lluvia, a las humedades, aislamientos térmicos y acústicos
    • Las que sirvan para adecuar las instalaciones del edificio :agua, gas, electricidad, telecomunicaciones, saneamiento, ascensores.
    • Las derivadas de patologías estructurales y aluminosis.
    • Accesibilidad a personas minusválidas
  2. DE VIVIENDAS
    • Las que tengan por objeto la adecuación de la habitabilidad de la vivienda, distribución interior, instalaciones, iluminación, accesibilidad a personas minusválidas etc.

TIPOS DE AYUDAS

  • PRESTAMOS cualificados concedidos por entidades públicas y privadas a bajo tipo de interés –mediante convenios suscritos con el Mº de Fomento.
  • Ayudas económicas directas
    1. Con cargo a los presupuesto del Estado (Subsidio de los prestamos cualificados-pago de un porcentaje de la cuota del préstamo- y subvenciones a fondo perdido y Ayuda Estadal Directa a la entrada ó primer acceso (AEDE-Básica y especial)
    2. Con cargo a los presupuestos de la Generalitat Valenciana –Subvenciones a fondo perdido-.
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REHABILITACION

CONDICIONES QUE DEBEN DARSE PARA OBTENER LA CALIFICACION COMO ACTUACION PROTEGIDA

Comunes a Edificios y viviendas

  • Antigüedad superior a 15 años ( excepto adaptación para minusválidos)
  • Que pueda obtenerse licencia municipal
  • Que se excluya la demolición de fachadas ó el vaciado total de los edificios cuando ésta afecte a más del 50% de la superficie construida.
  • Que las obras no se hayan iniciado con anterioridad a solicitar la calificación.
  • Que el presupuesto protegido, dividido por el nº de viviendas exceda de 1.500 € (salvo promotores usuarios con escasos recursos)

Complementarias sólo para edificios

  • Al menos el 60% de la superficie útil total del edificio debe destinarse a viviendas, excluida la planta baja, cuando no se destine a vivienda.
  • Pueden calificarse las actuaciones cualesquiera que sean los ingresos familiares de los promotores.
  • Cuando se realice la rehabilitación integral de edificios para venta o arrendamiento de las viviendas resultantes, no es necesario acreditar ingresos familiares
  • En rehabilitación de fachadas y cubiertas dentro de Areas de Rehabilitación, la antigüedad del edificio será anterior a 1950 ó el edificio ha de estar catalogado o protegido por el planeamiento.

Complementarias sólo para viviendas

  • Los ingresos familiares de los promotores no excederán de 5,5 SMI
  • Cuando la actuación incluya la adquisición de la vivienda para su inmediata rehabilitación , el precio de ésta no podrá ser superior al 60% del módulo de rehabilitación por la superficie útil de la vivienda.
  • Módulo de rehabilitación – Depende de la zona correspondiente a donde se encuentre la vivienda ó el edificio y es el resultado de multiplicar el precio básico aplicable en el momento de la calificación, por el coeficiente de zona que corresponda.

    El precio básico ( orden de 20 de Noviembre de 2.003 de la Consellería de Territorio y vivienda –aplicable a partir del 26 de Noviembre de 2.003 636,25 € . Sant Joan d’alacant esta incluido en la Zona B .- teniendo asignado un módulo de rehabilitación de 827,13 €

  • Superficie útil es la interior de una vivienda, es decir descontando fachadas, medianeras, pilares, tabiquería.

¿QUIENES PUEDEN ACOGERSE A LAS AYUDAS?

  • Los usuarios de viviendas, ya sean propietarios ó arrendatarios
  • Las comunidades de propietarios
  • Los adquirientes de una vivienda para su inmediata rehabilitación
  • Los propietarios de viviendas cedidas en arrendamiento con prórroga forzosa

CONDICIONES QUE SE DEBEN ACREDITAR PARA PODER OPTAR A LAS AYUDAS ( Préstamos y subvenciones):

  1. NO ser titular de pleno dominio ó de un derecho real de uso ó disfrute sobre una vivienda:
    • protegida o por la que se hayan disfrutado otras ayudas,
    • libre si está en la misma localidad. ( no se incumple esta condición, si se tiene otra vivienda libre en la misma localidad cuyo valor conforme al Impuesto de Transmisiones patrimoniales no excede del 40% ó del 60% (familias numerosas) del precio máximo de venta protegida al que podría enajenarse la vivienda que se rehabilita.
  2. Los ingresos familiares no pueden exceder de 5.5 veces el SMI para poder optar a préstamos ( salvo rehabilitación integral con destino a venta ó arrendamiento) y, en su caso a la subsidiación del préstamo o las subvenciones a fondo perdido en función de que sean inferiores a 4,5, 3,5 ó 2,5 veces el SMI.
    1. 5,5 veces SMI para el préstamo cualificado
    2. 4,5 veces SMI para acceder al subsidio préstamo y AEDE especial
    3. 3,5 veces SMI para acceder a AEDE básica , subvenciones del Ministerio de Fomento y de la Generalitat Valenciana
  3. Que las viviendas se destinen a residencia habitual y permanente.
  4. Que no se haya obtenido financiación cualificada durante los diez años anteriores a la solicitud de ayudas , excepto si la vivienda está situada en otra localidad y se produce cambio de residencia del titular.

Se exceptúan de estos requisitos, para la percepción de las ayudas de la Generalitat para Intervenciones de rehabilitación desarrolladas en AREAS DE REHABILITACION Y EDIFICIOS CATALOGADOS y Actuaciones de rehabilitación en edificios afectados con patologías derivadas de la utilización de cemento aluminoso.

( están consideradas Areas de Rehabilitación a efectos de determinar las actuaciones protegibles los Centros históricos, los urbano periféricos y los entornos de monumentos )

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TIPO DE ACTUACIONES CONCRETAS QUE SE PUEDEN REALIZAR

  • Rehabilitación de viviendas por sus usuarios
  • Adquisición, para inmediata rehabilitación de vivienda
  • Rehabilitación de elementos comunes de los efidicios
  • Rehabilitación de edificios con patologías estructurales
  • Rehabilitación integral de edificios con destino a la venta ó arrendamiento
  • Rehabilitación de edificios destinados prioritariamente a equipamiento de carácter social, cultural, educativo.

PRESUPUESTO PROTEGIDO

Coste de la obras ( PEM-Presupuesto ejecución material- + GG-Gastos Generales-+ BºI-Beneficio industrial-+ honorarios técnicos-redacción de proyectos y dirección técnica de obra- + Tasas ICIO e IVA y en su caso , costes por ensayos de diagnóstico y otros adicionales por medidas de seguridad adoptadas -patologías estructurales, aluminosis-)

El Máximo Presupuesto Protegido – MPP – es:

Superficie útil ( con un máximo de 120 m2 útiles) x módulo de rehabilitación
(ej: 120 m2 x 821,13 = 98.535,6 )

LIMITES:

  • En la rehabilitación de edificios:
    1. En la adecuación de elementos comunes ( incluso fachadas y cubiertas) el 30% del MPP
    2. En la rehabilitación integral de edificios y edificios con patologías estructurales ( especialmente aluminosis) , incluyendo obras de adecuación funcional y de habitabilidad : el 70% del MPP.
    3. Cuando en la rehabilitación integral se incluya la adquisición del edificio : el 80% del MPP
    4. En la rehabilitación de viviendas
      1. Adecuación de viviendas : el 40 % del MPP
      2. Cuando se incluya la adquisición de la vivienda: el 80% del MPP sin que el precio de adquisición exceda del 60% de dicho módulo. En este caso , el MPP para la adecuación de habitabilidad será del 40% del MPP

TRAMITACION DE LAS AYUDAS

  • Solicitar la calificación provisional y simultáneamente las ayudas aportando toda la documentación que figura en los impresos . Simultáneamente puede solicitarse FINANCIACION CUALIFICADA , a saber “Préstamo ó anticipo” sobre la subvención provisionalmente concedida”
  • Comunicar a la Oficina de Rehabilitación Comarcal ó al STAV ( Servicio Territorial de Arquitectura y vivienda ) tanto la fecha de inicio como la de fin de las obras.
  • Finalizadas las obras, solicitar la calificación definitiva y el reconocimiento de subvenciones .
  • Con la preceptiva inspección técnica, se concederá, si procede, la calificación definitiva y se iniciará la tramitación para abono de la subvención.

DOCUMENTACION A PRESENTAR

  • A) para la calificación provisional como “Actuación Protegida”
    • Solicitud –modelo 3900 ( 2 hojas)
    • DNI solicitante/s
    • DNI representante y documentación acreditativa de la representación que en su caso ostente.
    • Escritura pública de propiedad del edificio ó vivienda . ( se podrá sustituir por una nota simple del Registro de la propiedad y la acreditación de la cuota de participación de los co-propietarios.
    • Presupuesto de las obras, desglosado por unidades de obra, mediciones, precios unitarios, IVA desglosado, y CIF , firmado por el contratista
    • Proyecto redactado por técnico competente y visado por el Colegio Profesional correspondiente
    • Licencia Municipal de obras ó justificante de su solicitud.
    • Fotografías de la fachada del edificio y de las partes objeto de la rehabilitación.
    • Acreditación de la antigüedad del edificio ( si no figura en la documentación aportada.
    • Memoria que contenga al menos: Descripción de las obras, nº, identificación, titulares y superficie útil de las viviendas, locales, garajes y anejos que componen el inmueble,. En casos de rehabilitación de vivienda ó edificio unifamiliar croquis acotado del estado inicial y final ( cuando no se aporte proyecto)
    • Justificante de ingreso de la Tasa correspondiente
    • Si el edificio está catalogado ó protegido, certificado municipal que acredite tal circunstancia.
  • Si se trata de Comunidades de propietarios, además:
    • Copia del acta de la comunidad acreditativa de tener la legitimidad jurídica de su representante.
    • Copia del acta en la que figure el acuerdo de la comunidad para realizar las obras.
  • En caso de obras promovidas por inquilino ó usuario de vivienda, además
    • Autorización del arrendador, propietario de la vivienda para realizar las obras.
    • Original y fotocopia para su cotejo del contrato de arrendamiento ó cesión.

PROYECTISTA

En la rehabilitación de edificios destinados a viviendas:

Arquitecto Las que garanticen la estabilidad, seguridad y solidez del edificio
Arq.Técnico Las que mejoren las condiciones de acceso, estanqueidad frente a la lluvia, a las humedades, aislamientos térmicos y acústicos.
Arq.Técnico Las que sirvan para adecuar las instalaciones del edificios: agua, gas,electricidad, telecomunicaciones, saneamiento, ascensores.
Arq.Técnico Accesibilidad de personas minusválidas
Arq.Técnico Las derivadas de patologías estructurales y aluminosis
Arquitecto También se puede contar con ayudas a la promoción para la rehabilitación integral de edificios que se destinen a viviendas para su venta ó arrendamiento.

En la rehabilitación de viviendas

Arq.técnico Las que tengan por objeto la adecuación de la habitabilidad de la vivienda: distribución interior, instalaciones, iluminación, accesibilidad a personas minusválidas, etc…

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