Programa de Turismo del Imserso.

El plazo de presentación de solicitudes para participar en el Programa de Turismo del Imserso de la temporada 2025/2026, se extenderá del 1 al 23 de julio de 20025, ambos inclusive.

Requisitos para acceder al Programa de Turismo del Imserso:

podrán acceder al programa:

  1. Podrán participar en el Programa de Turismo del Imserso:
    1. Las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
      1. Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
      2. Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español con cincuenta y cinco o más años de edad.
      3. Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad.
      4. Ser asegurado o beneficiario del sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años o más años de edad.
        1. Los españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a) de este artículo.
        2. Los españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
    2. Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos exigidos en el artículo 4.1.Asimismo, las personas usuarias podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones individuales que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
    3. Las personas usuarias de plazas y sus acompañantes, excepto los hijos, deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.  
    4. Las personas usuarias acreditarán al Imserso el cumplimiento de los requisitos establecidos mediante declaración responsable.

Presentación telemática

La forma más sencilla, segura y eficiente de realizar las solicitudes  es a través de la Sede Electrónica del IMSERSO.

– Acceso al formulario: Puede acceder al formulario de inscripción mediante el siguiente enlace:
Formulario de solicitud – Sede Electrónica del IMSERSO

– Características del proceso:

  1. No requiere autenticación electrónica (Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico).
  2. Debe rellenar los campos obligatorios (marcados con un asterisco), cumplimentar la declaración responsable y pulsar la opción “Enviar” al final del formulario.

– Confirmación de registro:

  1. Tras pulsar “Enviar”, aparecerá un borrador de la presolicitud que deberá revisar.
  2. Seleccione la opción “Registrar la solicitud” si todos los datos son correctos.
  3. Una vez registrada, se mostrará un mensaje de confirmación y, pasadas unas horas, recibirá en su correo electrónico una copia de la solicitud junto con la confirmación del registro.

Importante: No se tramitan solicitudes por correo electrónico. Por favor, no envíe ningún archivo PDF ni imágenes por este medio

Presentación en papel

Si prefiere realizar su solicitud en papel, puede descargar el formulario a través del siguiente enlace:
Formulario en papel – Temporada 2025/2026

  1. Envío del formulario en papel:
    1. Ventanilla única: Puede presentar el formulario en los registros de los ayuntamientos o a través de los registros generales electrónicos y oficinas mencionados en el artículo 7 de la Orden SCB/926/2018.
    2. Por correo postal: Envíe el formulario en sobre franqueado (no por correo certificado) a la siguiente dirección:
      Programa de Turismo del IMSERSO, apartado de correos 10.140, 28080 Madrid.

Información adicional