Publicación lista definitiva de solicitantes admitidos con adjudicación de puestos en Fiestas Patronales del Cristo de la Paz 2026.

Se publica lista definitiva con adjudicación de puestos convocatoria de procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de autorizaciones para la venta no sedentaria fiestas patronales del cristo de la paz 2026.

Se comunica a los interesados que el pago de las tasas por ocupación de vía pública se efectuará los días 3, 4 Y 5 de agosto 2026.

La siguiente autorización se establece con una duración del 12 de septiembre 2026 al 16 de septiembre de 2026 ambos inclusive.

El ejercicio de la actividad autorizada está sujeto al cumplimiento por parte de los comerciantes de los requisitos y obligaciones que se establecen en la normativa vigente para la modalidad de venta no sedentaria.

Los productos objeto de la venta deberán reunir las condiciones exigidas por su normativa reguladora. En caso de productos alimenticios será necesario cumplir los requisitos higiénico sanitarios y de protección de los consumidores que establezcan las reglamentaciones específicas relativas a las condiciones de los productos, instalaciones y vehículos de transporte y venta.

Durante el desarrollo de la actividad, deberán tener expuesto, en forma visible para el público, la autorización municipal o documento entregado por el ayuntamiento acreditativo de haber obtenido la misma.

La falsedad, ocultación o inexactitud de los datos declarados por los comerciantes autorizados, podrá dar lugar, en su caso, a la revocación de la licencia del puesto para la venta, incluyendo la inmovilización del producto de venta, e incluso el precinto del puesto, así como a las sanciones administrativas correspondientes o de cualquier
otra índole que procedan.

Se advierte que esta autorización puede ser revocada unilateralmente por el Ayuntamiento en cualquier momento por razones de interés público, sin generar derecho a indemnización, cuando resulten incompatibles con las condiciones generales aprobadas con posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impidan su
utilización para actividades de mayor interés público o menoscaben el uso general.